MENDOZA
19 de mayo de 2014
Cámaras de seguridad piden por ley un registro provincial

Como parte de los proyectos que se incluirán en esta instancia de encontrar más herramientas en el combate contra la inseguridad, figura la creación de un Registro Provincial de Video Cámaras de Seguridad, que pertenece al senador Gustavo Cairo (PRO).
Seguinos en http://twitter.com/ahoraMendoza
La norma tendrá como función primordial el relevamiento, registro y geo-referenciación de las cámaras públicas y privadas, con el objetivo principal de proteger la seguridad de las personas y sus bienes, y facilitar la investigación y prueba de delitos o contravenciones.
Indica el senador Cairo que “este Registro, incluirá, además de las cámaras públicas, todas las cámaras privadas, que registren la vía pública o que se encuentren en el interior de lugares con acceso público, en el ámbito de toda la provincia de Mendoza".
Asimismo la autoridad de aplicación realizará un recuento de todas las cámaras que ya se encuentran en existencia en la provincia, que registren imágenes de la vía pública y lugares privados con acceso público.
Con este relevamiento y la incorporación de las cámaras de seguridad privadas, se pretende tener un control más amplio de los que sucede en los espacios públicos y también dará confianza a los ciudadanos, indicó el legislador del PRO.
Quedarán comprendidos en esta normativa, los locales comerciales, estaciones de servicio, consorcios de edificios de propiedad horizontal, clubes, ingresos a barrios privados, empresas y otros lugares privados de acceso público y al instalar el dispositivo, podrán deducir los gastos de compra y colocación de los impuestos provinciales.
En cuanto a las viviendas, que tengan cámaras de seguridad o las instalen en el futuro, también podrán acceder a este Registro provincial. En estos casos, los costos de instalación no serán deducibles de impuestos.
Con respecto a la modalidad de utilización de las cámaras de seguridad privadas, el senador Cairo indicó que “será un monitoreo pasivo. No serán objeto de visualización permanente y activo como las cámaras públicas, sino que sus imágenes serán requeridas, por ejemplo, en el marco de una causa penal o a requerimiento de las autoridades judiciales. El dispositivo de grabación deberá ser instalado en un lugar de acceso restringido al público".
La norma también establece que las imágenes obtenidas tienen carácter de utilidad pública y de estricta confidencialidad. Quedando prohibido a los particulares, el tratamiento y manipulación de los dispositivos, pudiendo ser requeridos únicamente por jueces y fiscales, en el marco de causas penales o contravencionales.
COMPARTIR:
Notas Relacionadas
Comentarios
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno!